Corte Suprema de Chile permite pensión de alimentos que supera el 50% de las rentas en casos excepcionales

En un reciente fallo, la Corte Suprema de Chile, bajo el Rol N°185.941-23, reafirmó que en situaciones excepcionales es posible fijar una pensión de alimentos superior al 50% de las rentas del alimentante. Esta resolución responde a la necesidad de priorizar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, considerando las circunstancias específicas de cada caso.

El fallo señala que, aunque la legislación establece un límite general del 50%, los tribunales tienen la facultad de ajustar este porcentaje si las necesidades del alimentario y la capacidad económica del alimentante lo justifican. En esta causa particular, el tribunal fundamentó su decisión en que los ingresos del alimentante eran suficientes para cubrir el monto solicitado, mientras que los alimentarios enfrentaban necesidades urgentes que requerían un aporte mayor.

Este caso marca un precedente importante en la interpretación de las normas sobre pensiones de alimentos, ya que refuerza el principio de flexibilidad en la fijación del monto, siempre atendiendo a las circunstancias individuales y el bienestar de los menores involucrados.

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